AMIANTO. CONDENAN A SIDENOR ACEROS ESPECIALES Y COFIVACASA POR NO ADOPTAR MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE AL AMIANTO

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CONDENAN A SIDENOR ACEROS ESPECIALES Y COFIVACASA CON RECARGO DEL 50% POR NO ADOPTAR MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE AL AMIANTO HASTA EL AÑO 2000 CAUSANDO LA MUERTE FJLS CON CANCER PLEURAL.
“LAS EMPRESAS INFRACTORAS DEBEN PAGAR Y PEDIR PERDÓN POR EL DAÑO CAUSADO E IMPLICARSE EN LA CREACIÓN DEL FONDO DE COMPENSACIÓN”.
El Juzgado de lo Social Nº 4 de Bilbao desestima el recurso de SINENOR ACEROS ESPECIALES contra la Resolución de INSS, que en febrero de 2019 impuso a SIDENOR INDUSTRIAL SL y ACENOR al pago solidario de un Recargo del 50% en todas las prestaciones derivadas de la enfermedad profesional o Mesotelioma pleural que padeció Felipe J.L.S, causando su fallecimiento en junio de 2018, tras trabajar en la fundición de la planta de Basauri, entre los años 1973 y 2009 con exposición directa al amianto hasta el año 2000, mientras la empresa incumplía la legislación, sin adoptar medida preventiva alguna, frente a la sustancia cancerígena.
Felipe JLS comenzó a trabajar en 1973 en la fundición de SA ECEVARRIA, más tarde ACENOR, realizando las artesas y otras operaciones para el revestimiento de los hornos de acería, siendo frecuente el uso del amianto por lo menos hasta el año 2000, según informe de OSALAN.
SIDENOR SA se constituyó integrando ACENOR y Forjas de Reinosa y el 2006 se disolvió ACENOR, cediendo sus activos y pasivos a COFIVACASA.
En mayo de 2017, a Felipe JLS le diagnosticaron un Mesotelioma pleural maligno, el INSS lo declaro afecto de Incapacidad Absoluta por contingencia profesional, falleciendo en junio de 2018. Mas tarde, una sentencia judicial condeno a SIDENOR y COFIVACASA al pago a herederos de Felipe JLS, una indemnización de 315.563,37 euros en concepto de daños.
En septiembre de 2018, la viuda solicito imposición de un Recargo del 50%, dado la ausencia de medidas preventivas y el reiterado incumplimiento de las normas de seguridad por la empresa, el INSS impuso un Recargo de las prestaciones del 50% a pagar por SIDENOR y COFIVACASA. Resolución que recurre SIDENOR, demandando la inexistencia de Recargo o que subsidiariamente se reduzca a un 30%.
La sentencia del Juzgado de lo Social Nº 4, resulta contundente: SIDENOR no ha realizado el menor esfuerzo en demostrar que adopto medida alguna orientada a prevenir o evitar el riesgo de la exposición al amianto, desde 1974 en la sección de Acería, al menos hasta el año 2000. Asimismo, resultan notorios los reiterados pronunciamientos de esta sede jurisdiccional en relación con la exposición al amianto en la industria pesada durante los años 60 y 70 y existe una indiscutida relación de causalidad entre la exposición al amianto en el trabajo y el fallecimiento, así como el periodo transcurrido entre la exposición y la enfermedad, en torno a 40 años. En cuanto al porcentaje del recargo, tampoco ha realizado SIDENOR esfuerzo probatorio alguno, tendente a minorar su responsabilidad.
En la planta de Basauri, se produjo una exposición generalizada a la peligrosa sustancia, por parte de un número indeterminado de trabajadores de Acería, durante al menos 27 años, sin que se acredite la adopción de ninguna medida de seguridad en dicho lapso temporal. Por ello, impone el recargo máximo permitido y desestima el recurso de SIDENOR ACEROS ESPECIALES.
ASVIAMIE, Asociación vasca de víctimas del amianto, muestra su satisfacción por la sentencia que pone al descubierto el desprecio mostrado durante años por las grandes empresas a la prevención de las enfermedades profesionales y el reiterado incumplimiento de la ley, pese a contar con equipos médicos y técnicos destinados a las actividades de Seguridad e Higiene.

ASVIAMIE considera que ha llegado la hora para que las empresas infractoras dejen de recurrir las Resoluciones que favorecen a las víctimas, dado que multiplican su sufrimiento y opten por pagar, pedir perdón por el daño causado y su implicación en la creación del Fondo de Compensación a las víctimas del amianto asesino.

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